Entérate cómo va la pelea legal entre GRADIENTE y APPLE por la marca iPhone

 

 

 

 

 

La acción fue presentada en 2013 por Apple y la puntuación es 3x2. ¡Descubre más al respecto!

Este viernes (13), el ministro Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), votó a favor de Apple en el proceso contra Gradiente por la disputa por el uso de la marca “iPhone”. Como resultado, el marcador es de tres (Moraes, Luis Roberto Barroso y Luiz Fux) a dos (Dias Toffoli y Gilmar Mendes), a favor de la empresa norteamericana Apple.

El juicio, que fue suspendido por pedido de Moraes, fue retomado este viernes en un pleno virtual. Los demás ministros tendrán hasta el 23 de este mes para votar. La acción fue interpuesta en 2013 por Apple, buscando anular el registro de la marca mixta “Gradiente iphone” ante el INPI, Instituto Nacional de Propiedad Industrial. La empresa destacó su trayectoria empresarial, recordando que con ella está relacionada la familia de productos “i”.

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FOTO: PIXABAY

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Como ya se mencionó, la disputa entre ambas empresas comenzó en 2013, cuando Manzana interpuso demanda de nulidad del registro de la marca “Gradiente iphone” ante el INPI. Apple recordó que la familia de productos “i” está relacionada con sus productos (iMac, iBook, iPad y otros), y que gradient sólo podría utilizar la expresión completa “Gradiente iphone”, pero no el término aislado.

Gradiente, por su parte, argumentó que presentó la marca al INPI en 2000, cuando Apple ni siquiera estaba activa en el mercado. Teléfono móvil. El registro fue otorgado en 2008. En el 1º y 2º grado, el registro fue declarado nulo y se determinó que el INPI hizo reservas sobre el uso del nombre, para dejar claro que Gradiente no tiene exclusividad sobre “ iphone”.de forma aislada.

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Voto del ponente

En el STF, en sesión plenaria virtual, el relator, ministro Dias Toffoli, votó a favor de Gradiente. El Ministro Gilmar Mendes anticipó su voto acompañando al relator.

Divergencia

Los ministros Luiz Fux y Barroso votaron en sentido contrario. Para Luiz Fux, obedecer la prioridad de Gradiente, propuesta por el ponente, podría comprometer las razones que sustentan el significado mismo de la propiedad intelectual.

Barroso entendió que no hay repercusión general en el caso, y el tema 1205 debe ser anulado. Entendió que el derecho de propiedad de Gradiente no fue desconsiderado por la decisión original, que sólo determinó que el disfrute del uso de un “iphone” se ajusta a la ley. términos del registro, que le otorga el uso exclusivo de “Gradiente iphone” juntos.

En su votación, sumada este viernes, Moraes siguió la divergencia abierta por el ministro Luiz Fux para desestimar el recurso extraordinario. Señaló que el derecho a la propiedad no es un derecho absoluto, y por otro lado, la marca pretende garantizar no sólo los derechos individuales del titular de la marca, sino también de los consumidores y evitar daños a la libre competencia, resaltando su función social. .

Mencionó que la expresión iPhone, que designaba inicialmente a un dispositivo telefónico con acceso a internet, con el lanzamiento del teléfono inteligente de manzana se convirtió en lo que se puede llamar una marca conocida, ya que los consumidores comenzaron a vincularla directamente con los teléfonos móviles que producía.

Propuso la siguiente tesis: la prohibición del uso aislado del término que constituye un elemento de una marca registrada no viola la Constitución, dado su vínculo mundial con un producto fabricado por un competidor.

El juicio, que se desarrolla en un pleno virtual, se desarrollará hasta las 23.59 horas del día 23 de este mes.

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